España, no es un país independiente ya que forma parte de la Unión Europea y por lo tanto debe adaptar su normativa en todo tipo de materia a la europea. La legislación Europea está por encima de la española. ​

Cuando se realizan operaciones de comercio internacional desde España se deben tener en cuenta:​

  • La Política Comercial Común de la Unión Europea en relación a ese tipo de transacciones internacionales, compra- venta de mercancías o prestación de servicios.
  • Los Acuerdos de bilateralidad Comercial entre los países implicados.
  • La Globalización.​
  • La importancia y participación de organismos y organizaciones internacionales. OMC, FMI, etc.
  • Los medios o instrumentos de apoyo político o financiero a la operación de comercio internacional (subvenciones, ayudas, etc).
  • Las barreras al comercio (aranceles, legales, sociales, culturales, etc).​
  • Los propios riesgos del comercio internacional (solvencia del país, instrumentos de cobro y pago internacional, divisas, etc.)
  • La diversidad y complejidad de las fuentes de información.​