EUR-2: tiene el mismo efecto que el Certificado de circulación EUR1.

Se utiliza para las mercancías objeto de envíos postales, siempre que contenga únicamente productos originarios de algún país con el cual la Unión Europea mantenga un Acuerdo Preferencial.

Su valor no sobrepase los 215 euros en el caso de pequeños envíos o de 600 euros en el de los productos contenidos en el equipaje personal de viajeros.​