Pago del precio de la mercancía:

      • Cumpliendo los requisitos fijados por el contrato de compraventa, las leyes o los reglamentos pertinentes para que sea posible realizar el pago.
      • El precio se fija de común acuerdo y debe incluirse en el contrato de compraventa. Inclusive si la determinación del mismo se produce en un momento posterior conforme a un criterio acordado en el contrato de compraventa (por la cotización futura del bien, los usos mercantiles, etc.).
      • El lugar del pago del precio también debe ser pactado por ambas partes en el contrato de compraventa internacional. Si no existiera un lugar de pago determinado este sería:
        • En el lugar de entrega. Si fuese contra entrega de mercancías o documentos.
        • En el establecimiento del vendedor: Si no fuera contra entrega. Si el vendedor cambiase de establecimientos posteriormente a la celebración del contrato, se haría cargo de todos los gastos derivados del mismo, si no hubiesen pacto previamente esta posible situación.

 

  • Recepción de la mercancía: 
    • El comprador debe hacerse cargo de las mercancías. Debe realizar los actos que se consideren razonables para que el vendedor pueda realizar la entrega de las mercancías.
    • Si el comprador no cumple con alguna  de las obligaciones acordadas en el contrato, el vendedor podrá exigirle una indemnización por daños y perjuicios.